Como Alerta Isla Riesco, manifestamos nuestra profunda preocupación ante el ingreso al Servicio de Evaluación de Ambiental de Magallanes, la Declaración de Impacto Ambiental interpuesta por la empresa Mina Invierno, que busca incorporar tronaduras en su proceso de remoción de material estéril, para extraer el carbón de Isla Riesco. Esta práctica, que implicaría un cambio significativo en los procesos de Mina Invierno, no está incluida en la Resolución de Calificación Ambiental del 2011 (RCA), es más, sus impactos no fueron evaluados en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), pues en reiteradas ocasiones la empresa negó ante la autoridad ambiental que emplearía tronaduras como parte de su proceso productivo.
Mina Invierno, con sólo cuatro años de funcionamiento, ya cuenta con un historial que ha afectado la estabilidad ambiental, social y económica de Isla Riesco, lo que pone en duda su capacidad de realizar una iniciativa de tal complejidad y magnitud. De hecho, algunas denuncias han sido corroboradas por la autoridad ambiental y resultaron en una multa a la empresa, y otras están siendo investigadas por la Superintendencia de Medio Ambiente y la Brigada de Delitos Ambientales de la PDI.
Es en este contexto que Mina Invierno, con el objeto de aumentar su producción y reducir sus costos, pretende realizar explosiones en Isla Riesco. Para ello, el martes 10 de marzo Mina Invierno ingresó al SEIA una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), sin embargo, un análisis realizado bajo esa figura evita un estudio profundo y una participación ciudadana amplia, con todos los beneficios que entrega un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) a la comunidad
Ante este escenario, nos parece de suma importancia mencionar que el uso de tronaduras podría tener un sinnúmero de consecuencias negativas tanto para el ambiente como para la comunidad. En el caso de Isla Riesco podemos señalar por ejemplo a) la contaminación acústica y sus consecuencias tanto sobre la fauna adyacente como los vecinos, b) el levantamiento de material particulado (que se agrava por ser un lugar con vientos que pueden superar los 100km/hr), c) la ruptura de rocas subterráneas con la consecuente alteración y probable contaminación de las napas de agua, d) el deterioro de la calidad de vida de los habitantes de la isla y e) el desmedro a otras actividades productivas como el turismo rural y la ganadería. Los efectos precedentemente enumerados, coinciden con los mencionados en la ley de Bases del Medio Ambiente, en su artículo 11, que indica que de producirse al menos uno de ellos, el proyecto debiese ser analizado como Estudio de Impacto Ambiental.
Por otro lado, la modificación sustantiva de proyectos, viola el espíritu de la ley de Base del Medio Ambiente (artículo 11 bis), evitando el análisis global y sistémico de los múltiples impactos y contaminación generada. Este recurso, utilizado de forma recurrente por empresas contaminantes para lograr la aprobación ambiental, especialmente empresas extractivas y de generación eléctrica, es una señal equívoca para la ciudadanía, ya que no da garantías de un proceso integral y respetuoso de los EIA y del cumplimiento de las RCA.
Por último, varios temas de importancia no fueron correctamente resueltos en el EIA de Mina Invierno, y deben ser analizados a la hora de estudiar el uso de tronaduras, algunos de ellos son: a) modelo de dispersión de contaminantes, b) calidad del carbón, c) la presencia de fallas geológicas bajo la zona de explotación y d) la identificación de impactos fuera del área de influencia directa declarada, que sólo abracó los predios mineros.
En base al historial ambiental de Mina Invierno, que no da garantías a la hora de incorporar un nuevo factor de riesgo al proyecto; a los posibles impactos que las tronaduras generarían en Isla Riesco y que coinciden con los mencionados en la Ley; a la falta de garantías que significa la modificación sustantiva de los proyectos, a la violación al espíritu de la Ley; y a la falta de resolución de temas fundamentales en el EIA original de Mina Invierno, consideramos que el Servicio de Evaluación Ambiental de Magallanes, deberá requerir un Estudio de Impacto Ambiental para evaluar en propiedad los impactos socio-ambientales que conlleve la utilización de tronaduras en Isla Riesco, garantizando una evaluación profunda y determinando todos los impactos y riesgos del uso de explosivos en Isla Riesco, otorgando así mayor legitimidad al proceso y al rol del SEA.
Fuente: Alerta Isla Riesco