El día 13 de Agosto de 2014, la Corte Suprema de Justicia, revocó el falló de la Corte de apelaciones de Arica, en cuanto a dejar sin efecto la anulación de la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) de la empresa Minera Hemisferio Sur. Dicho proyecto de explotación minera de manganeso a tajo abierto se ubicaría en la cabecera del río Lluta (aproximadamente de 300 metros desde su inicio, y a 175 kilómetros de Arica), el cual se desarrollará desde tres operaciones simultáneas, produciendo un aproximado de 400 mil toneladas al año, los cuales serán llevado a un centro de acopio en la Zona industrial de Arica, para posteriormente ser descargados en el Puerto de Arica, cuyo destino final es el mercado de China.
La revocación del fallo por parte de la Corte Suprema a los considerandos emitidos acertadamente por la Corte de Apelaciones de Arica, denotan una grave falta de definición por parte de los supremos tribunales de justicia a los derechos humanos involucrados, tales como: El derecho a la vida, el derecho a vivir en un medio libre de contaminación, el derecho a la libertad de ejercicio de un culto (Convenio Número 169 de la OIT, sobre consulta a los pueblos originario y su autodeterminación de los mismos). Y en su reemplazo se establece la incompetencia de resolver por parte de la Corte Suprema de Justicia en el orden de expresar que existe una nueva institucionalidad ambiental, encabezada por: los Tribunales Ambientales y el Consejo de Ministros para resolver técnicamente las reclamaciones de los reclamantes en un proceso de participación ciudadana, ya que ellos solo pueden pronunciarse respecto a derecho.
Situación totalmente errada, debido a que el recurso de protección impetrado por la Junta de Vigilancia del río Lluta, La municipalidad de Putre, La Junta de Vecinos número 1, entre muchos otros, han discutido la vulneración de las Garantías Constitucionales que precisamente resguardan Derechos Humanos, es decir, todo aquello que los máximos tribunales han dejado de pronunciarse, tales como, inaplicabilidad de la consulta a los pueblos originarios en el orden al Convenio Número 169 de la OIT., lo cual fue corroborado por la Corporación Nacional De Desarrollo indígena a través de 5 oficios durante el Estudio de Impacto Ambiental e incluso en el oficio solicitado por la propia Corte de Apelaciones de Arica), Este fallo de la Corte Suprema, vulnera el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, referido a la consulta y la participación indígena. El Convenio exige que los pueblos indígenas y tribales sean consultados en relación con los temas que los afectan, mediante procedimientos apropiados, llevadas a cavo de buena fe, con el objeto de lograr el consentimiento o llegar a un acuerdo sobre la medida propuesta, cuestión que no se realizó.
La destrucción de más de 2000 ejemplares de azollera compacta (yareta) en el mejoramiento de la carretera A-23, definidos por el propio titular como irreversibles, proponiendo como suerte de remediación, investigación científica para propagarlas e implementar un sistema de letrero de aviso a la existencia de un ejemplar, que los mismos terminarán por depredar, violando con ello la Convención para la protección de flora, fauna y bellezas escénicas de américa latina; por su parte la aplicación de una legislación derogada para implementar un tranque de lamas, con el curioso fin de resguardar cualquier relave que termine por destruir la agricultura del valle, tal como lo hizo, en su momento la azufrera Tacora. (Cuya declaración de monumento histórico, no hace más que revivir el dolor de una tragedia económica de los antiguos agricultores del valle). Y finalmente, se ignora el derecho de propiedad de las aguas a que tienen derecho los más de 1000 agricultores del valle, quienes producen el milagro de la agricultora a contra estación, alimentado a todo el centro y sur del país en la época de heladas.
Resulta curioso hacer una fuerte crítica a la administración de gobierno anterior, en el orden de esforzarse a través de la prensa nacional en colocar en la palestra la llamada “judicialización de los proyectos ambientales”, que no hacían otra cosa que resguardar jurídicamente los derechos de los futuros afectados por un proyecto extractivo. Y las últimas estrategias del gobierno del señor Sebastián Piñera Echeñique que resultaron ser un brillante movimiento pro empresarios en miras a debilitar los movimiento sociales, creando un reglamento de Consulta a los pueblos originarios que resulta una grave restricción a su autodeterminación de los pueblos; el nombramiento como presidente de la Corte Suprema del abogado Sergio Muñoz, para efecto de evitar que integrará las salas constitucionales (debido a su clara línea proteccionista ambiental) y la reformulación con ello de la integración de las salas, todo a conveniencia, como hoy existe de una clara sala constitucional integrada incluso por ex ministros del gobierno de Augusto Pinochet.
Denunciamos ante nuestra comunidad y el país, que la Corte Suprema, al revocar el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica, lesiona los intereses de toda la Comunidad ariqueña.
Que contraviene todo lo discutido por la ciudadanía durante meses para la formulación de un Plan de Desarrollo Especial que pone los énfasis en la Agricultura, el Turismo, las Energías Solar y Renovables No Convencionales, y la plataforma de Servicios.
La actual administración intenta impulsar el desarrollo agrícola, el turismo, los servicios y contar con un plan de reactivación de nuestra región, lo cierto es que si la gran minería ingresa en nuestra cuenca, el futuro de la región aquí a 10 años está en peligro y se puede preveer que:
1. Arica y el Valle de Lluta en particular dejará de ser el Vergel de Chile, proveyéndolo de verduras y hortalizas.
2. Dependeremos para abastecernos con la agricultura regional y nacional de nuestros vecinos peruanos.
3. No existirá potencialidades geopoliticas de desarrollo.
4. Arica se transformara en ciudad dormitorio.
5. Arica se transformará en la ciudad más contaminada para vivir.
6. El alza de delincuencia y prostitución aumentará.
7. Las enfermedades respiratorias, renales y digestivas irán en aumento.
8. Comenzarán a vislumbrarse los primeros problemas de abastecimiento de agua potable, porque la sanitaria vería disminuido el nivel freático de extracción de los pozos para la ciudad.
9. La agricultura sería una actividad de excepción.
Llamamos a toda la ciudadanía ariqueña a estar alerta y a defender unitaria y transversalmente el presente y futuro de nuestra región.
Agotaremos todos los recursos para educar a la población de lo que ocurre, y para gestar las movilizaciones que seas necearias por la defensa de nuestra amada región.
También agotaremos todos los recursos judiciales y legales para la batalla que viene.
Informamos que actualmente, nuestros recursos de reclamación ante el Comité de Ministros han vuelto a suspender la RCA de la empresa minera Los Pumas, es decir, aún no pueden explotar manganeso, pero hoy y ahora, necesitamos que cuando el Comité de Ministros en dos meses más sesione, entienda que el destino de una ciudad donde comienza Chile está movilizada y en defensa de nuestro presente y nuestro futuro.
Por todo aquello el conjunto de organizaciones que firmamos este documento, nos declaramos en estado de alerta y de educación y movilización permanente e invitamos a la comunidad a crear conciencia y estar atentos a la situación. ¡Arica Unida es Invencible!
Firman:
Movimiento Ciudadano de Arica y Parinacota
Junta de Vigilancia del río Lluta y sus Tributarios
Consejo de la Ciudadanía de Arica
Consejo Autónomo Aymara
Red de Mujeres de Arica y Parinacota
Fundación Contra el Abandono de Arica
Organización de Mujeres Afrodescendientes de Chile “LUANDA”
Centro de comunicación e Investigación indígena Chaskinayrampi
Asociación indígena Suma Qamaña
Pequeños Agricultores del Valle de Camarones Agricultores Valle Chaca
Organización mapuche Pikun Arica
Corporación de Artesan@s Manos de la Tierra
Asociación de Consumidores de Arica
Red Chilena contra la violencia a las mujeres Arica Parinacota
BRIGAY Arica
Programa de radio AYNI